Busca resguardar la integridad del animal

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El Concejo Deliberante de la municipalidad de Andalgalá aprobó la ordenanza municipal que establece la creación del Programa municipal “Barcino Abandono – Cero dependiente de la Secretaria de Salud y Zoonosis de la municipalidad de Andalgalá

Al respecto la concejala Laura Atencio, impulsora de esta iniciativa que fue aprobada durante la última sesión ordinaria señaló “últimamente se ha visto el incremento de los animales en las calles ya sea de perros, gatos o de los caballos en donde los dueños no se hacen responsables, pensando en eso y dando respuesta a las organizaciones que vienen trabajando fuertemente también en este tema de los animales abandonados” acotando “por ahí vemos en los barrios en donde las casas son chicas y la verdad de que es impresionante la cantidad de animales que hay” la ordenanza fija pautas para el cuidado del animal y también prevenir que los ciudadanos de a pie o que se trasladen en vehículos sean atacados, la autoridad de aplicación son las área de zoonosis y salud de la municipalidad de Andalgalá.

El programa tiene como finalidad la concientización sobre Tenencia Responsable de Animales de compañía (perros y gatos), fomentando la adopción a través los medios de comunicación y folletería, donde los principales objetivos serán:

a) Ayudar a crear conciencia sobre la tenencia responsable de perros y gatos, alentando a los ciudadanos a esterilizar a sus animales.

b) Promover adopciones de cachorros y adultos abandonados en la ciudad. c) Fomentar la responsabilidad y los cuidados necesarios sobre la adquisición y adopción de animales considerados domésticos.

d) Desalentar la demanda de animales de raza, criados en forma clandestina, y la compraventa de animales por internet.

e) Evitar la concurrencia a sitios de exhibición de animales o exposiciones de espectáculos con animales o sitio de entretenimientos, que ofrezcan como atractivo principal o secundario números artísticos de destreza en los que intervengan animales.

ARTÍCULO 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal convocará para la organización y el diseño de la campaña «BARCINO – Abandono CERO», a Secretarios, Directores y Delegados de las diferentes áreas de la Municipalidad, a este Concejo Deliberante, y a las distintas 0.N.G, para la elaboración del material didáctico, difusión, publicidad, folletería, jornadas de debates, actividades públicas, señalética en lugares públicos y en Transporte Urbano de Pasajeros, etc.; lo cual deberá ser aplicado para la puesta en marcha de la presente norma.

ARTÍCULO 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal a través de la autoridad de aplicación de la presente normativa, remitirá informes semestrales al Concejo Deliberante sobre el diseño, contenido, actividades propuestas y resultados de la campaña.

ARTÍCULO 5º: REGLAMÉNTESE en un plazo no mayor a treinta (30) días de aprobada la presente.

ARTÍCULO 6º: Cada vez que se realicen campañas de concientización mediante folletos o medios radiales de comunicación se designe esta ordenanza con el eslogan de «BARCINO – Abandono CERO» en conmemoración de Barcino un perrito que murió por abandono.

ARTÍCULO 7º: Designar un estand para promocionar esta ordenanza «BARCINO – Abandono CERO» en todos los eventos de concurrencia masiva de nuestro Departamento (Festival el fuerte, Fundación de Andalgalá, día de la Independencia de Argentina, Carnavales, etc.)

ARTÍCULO 8º: IMPLEMENTASE, las sanciones pertinentes a personas físicas que irrumpan lo estipulado en la “ORDENANZA BARCINO – Abandono CERO”, como así también la ley 14.346 adherida a este municipio con el número de ordenanza municipal 09/14.

ARTÍCULO 9º: Que mediante el departamento de zoonosis de la Municipalidad de Andalgalá sea el ente encargado de implementar capacitaciones de prevención, castración y cuidados de animales domésticos

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